Bolivia alista réplica a objeción de Chile; ratifica solidez de demanda

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La CIJ estableció el 14 de noviembre como plazo para que La Paz responda

Anuncio. El vicepresidente Álvaro García Linera, en conferencia de prensa en la Asamblea Legislativa, ayer. Víctor Gutiérrez.

Bolivia ya conoce los aspectos jurídicos de la impugnación que presentó Chile a la competencia de la Corte Internacional de Justicia (CIJ) en el caso de la demanda marítima y alista la réplica confiada en la solidez de sus argumentos jurídico-históricos.

A través de un comunicado de prensa, el tribunal internacional informó sobre la suspensión del tratamiento de la demanda boliviana interpuesta contra Santiago mientras sea resuelto, precisamente, el recurso de excepción preliminar a la jurisdicción de la Corte que esgrimió el Gobierno de La Moneda. Así, esta instancia fijó para el 14 de noviembre el plazo para que La Paz responda.

“Ya está en nuestras manos, hemos leído el documento (presentado por Santiago) y estamos preparando la respuesta como corresponde, y reafirmamos la confianza y certeza de nuestros argumentos. Somos muy optimistas”, señaló ayer el vicepresidente Álvaro García en conferencia de prensa.

Recurso. El Gobierno chileno de Michelle Bachelet presentó el martes 15 el recurso de incompetencia de la CIJ para considerar la demanda boliviana, que está orientada a que se obligue a Chile a negociar una salida soberana al Pacífico en virtud de los compromisos asumidos anteriormente.

El mismo día, el canciller chileno Heraldo Muñoz, tras la entrega del documento, sostuvo que “la demanda de Bolivia pone en riesgo la estabilidad de las fronteras a nivel global y cuestiona el valor de lo pactado (…). Chile jamás le ha dado competencia a la Corte para resolver lo que Bolivia persigue: obligarnos a cederle una parte de nuestro territorio soberano”.

En diferentes oportunidades el Gobierno de Bolivia fue enfático al sostener que, de ninguna forma, la demanda se refiere al Tratado de 1904, que demarcó los límites entre ambas naciones. 

Al respecto, el expresidente y encargado de difundir la demanda marítima en el ámbito internacional, Carlos Mesa, indicó que Chile ha ingresado en la estrategia de utilizar argumentos incorrectos sobre el proceso “que alteran o tergiversan la demanda, que en ningún caso hace referencia al Tratado de 1904. Es una estrategia de intentar confundir a la opinión pública internacional, a las naciones amigas, sobre los objetivos verdaderos y la naturaleza real del enclaustramiento forzado de Bolivia”.

El presidente Evo Morales cuestionó la anterior semana la posición que asumió La Moneda al desconocer la competencia de la Corte Internacional de Justicia. Ayer, el Vicepresidente manifestó que “el equipo que está en La Haya, nuestro equipo de juristas, abogados y especialistas, ya ha recibido la nota de Chile, y está siendo estudiada de la manera más escrupulosa posible”.

El recurso chileno en La Haya

Suspensión

La Corte Internacional de Justicia (CIJ), radicada en La Haya, suspendió el tratamiento de la demanda de Bolivia en contra de Chile mientras resuelva el recurso de excepción preliminar a la jurisdicción del tribunal presentado por Santiago, según informó el órgano internacional.

La demanda boliviana contra Chile en La Haya

Bolivia presentó en abril de 2013 una demanda legal en contra de Chile en la que le pide a la Corte Internacional de Justicia (CIJ) un fallo que le obligue a negociar una salida soberana al océano Pacífico, en virtud de compromisos asumidos anteriormente. La querella fue admitida por el tribunal internacional y se acordaron las fechas para la presentación de los fundamentos. El presidente Evo Morales entregó, en persona, la memoria el 15 de abril de este año.

Chile optó, el 15 de julio, por recurrir a una “excepción preliminar” para impugnar la competencia de la corte radicada en La Haya. Esta moción de incompetencia fue recibida por el tribunal y ahora corre el plazo que éste fijó y que fenece el 14 de noviembre para que La Paz prepare su réplica. “La Corte, oídas las partes, decidirá por medio de un fallo, en el que aceptará o rechazará la excepción”, reseña el reglamento de la CIJ en el parágrafo 9 del artículo 79. El equipo jurídico de Bolivia analiza los argumentos presentados por Chile.